Funciones y responsabilidades del Maestro del Programa Regular Académico, Programa de Educación en Tecnologías y otros programas.
1. Solicitar al director de la escuela, al maestro de educación especial o a los padres información sobre las necesidades educativas de los estudiantes con impedimentos a quienes ofrece u ofrecerá servicios.
2. Estar disponible para recibir información sobre las características y necesidades de acomodo de los estudiantes con impedimentos a quienes provee o proveerá servicios.
3. Colaborar en la redacción del PEI inicial del estudiante y en la revisión del mismo.
4. Mantener en estricta confidencialidad toda la información a la que tenga acceso relacionada con los estudiantes con impedimentos que reciben a han recibido sus servicios.
5. Propiciar la participación activa del estudiante con impedimentos en las actividades de enseñanza y aprendizaje planificadas.
6. Promover en los demás estudiantes el trato respetuoso y considerado hacia los estudiantes con impedimentos.
7. Adaptar y variar la estrategia instruccional, así como los medios de evaluación para que el estudiante con impedimentos pueda beneficiarse de lo que se enseña y demostrar lo aprendido.
8. Explorar los mecanismos de apoyo que pueden estar disponibles a través de los compañeros del salón de clases para facilitar la participación y progreso del estudiante con impedimentos (lector, anotador, amigo especial).
9. Conceder tiempo adicional para completar las tareas asignadas, así como para completar exámenes y proyectos, cuando esto sea necesario por razón del impedimento.
10. Anunciar con antelación las fechas en que se administrarán los exámenes para facilitar las oportunidades de estudio y preparación de los estudiantes con impedimentos.
11. Ubicar al estudiante con impedimentos en un lugar del salón que promueva la atención al maestro y reduzca la distracción, de ser requerido en su PEI.
12. Colaborar para que el estudiante reciba aquellos acomodos recomendados en su PEI tanto para el proceso instruccional como para el proceso evaluativo.
13. Compartir información y desarrollar procesos de evaluación colaborativa que tomen en consideración la información que tiene disponible el maestro de educación especial sobre los logros del estudiante.
14. Documentar las acciones y acomodos que ha provisto en beneficio del estudiante, así como pruebas y muestras de trabajo que reflejen lo que el estudiante ha logrado en el transcurso del año escolar.
E. Los maestros del Programa Regular, Programa de Educación Tecnológica y otros programas deben:
F. Los maestros del Salón Regular, Programa de Educación Tecnológica y otros programas no deben:
2. Estar disponible para recibir información sobre las características y necesidades de acomodo de los estudiantes con impedimentos a quienes provee o proveerá servicios.
3. Colaborar en la redacción del PEI inicial del estudiante y en la revisión del mismo.
4. Mantener en estricta confidencialidad toda la información a la que tenga acceso relacionada con los estudiantes con impedimentos que reciben a han recibido sus servicios.
5. Propiciar la participación activa del estudiante con impedimentos en las actividades de enseñanza y aprendizaje planificadas.
6. Promover en los demás estudiantes el trato respetuoso y considerado hacia los estudiantes con impedimentos.
7. Adaptar y variar la estrategia instruccional, así como los medios de evaluación para que el estudiante con impedimentos pueda beneficiarse de lo que se enseña y demostrar lo aprendido.
8. Explorar los mecanismos de apoyo que pueden estar disponibles a través de los compañeros del salón de clases para facilitar la participación y progreso del estudiante con impedimentos (lector, anotador, amigo especial).
9. Conceder tiempo adicional para completar las tareas asignadas, así como para completar exámenes y proyectos, cuando esto sea necesario por razón del impedimento.
10. Anunciar con antelación las fechas en que se administrarán los exámenes para facilitar las oportunidades de estudio y preparación de los estudiantes con impedimentos.
11. Ubicar al estudiante con impedimentos en un lugar del salón que promueva la atención al maestro y reduzca la distracción, de ser requerido en su PEI.
12. Colaborar para que el estudiante reciba aquellos acomodos recomendados en su PEI tanto para el proceso instruccional como para el proceso evaluativo.
13. Compartir información y desarrollar procesos de evaluación colaborativa que tomen en consideración la información que tiene disponible el maestro de educación especial sobre los logros del estudiante.
14. Documentar las acciones y acomodos que ha provisto en beneficio del estudiante, así como pruebas y muestras de trabajo que reflejen lo que el estudiante ha logrado en el transcurso del año escolar.
E. Los maestros del Programa Regular, Programa de Educación Tecnológica y otros programas deben:
- estar altamente cualificados
- ser orientados y participar en discusiones sobre las necesidades de los estudiantes a los cuales les
- ofrecen u ofrecerán sus servicios.
- participar en reuniones del COMPU, cuando sea apropiado
- aportar información y observaciones escritas que deben ser consideradas por los miembros del COMPU
- colaborar en la determinación y en las estrategias e intervenciones relacionadas con la conducta,
- servicios suplementarios, modificaciones y apoyo necesario para los estudiantes
- trabajar en equipo y compartir información con los maestros de educación especial
- tener acceso al Programa Educativo Individualizado del estudiante y participar en su preparación y
- revisión, cuando sea apropiado
F. Los maestros del Salón Regular, Programa de Educación Tecnológica y otros programas no deben:
- Rehusarse a proveer servicios a un niño o joven por razón de que éste tenga impedimentos.
- Rehusarse a proveer los acomodos y modificaciones que el estudiante necesita en el salón
- regular, según se ha dispuesto en el PEI.
- Suspender o limitar la oportunidad del estudiante con impedimentos para asistir al salón regular, al
- salón de educación especial o a algún otro tipo de servicio de manera unilateral.
- Divulgar información personal identificable sobre los estudiantes con impedimentos que están o
- han estado a su cargo, o sobre los cuales ha recibido información como parte de los procesos de
- trabajo en el sistema escolar.