Facilitador
El facilitador de educación fspecial (supervisor de zona) ubicado en el distrito escolar tendrá como función principal el ejercer su liderato para garantizar que su distrito cumple con las funciones encomendadas a este nivel operacional del Sistema. Para esto contará con el respaldo y colaboración del superintendente de escuelas y de los miembros del componente de educación especial a nivel del distrito.
Entre sus funciones más importantes están:
1. Promover y colaborar en el desarrollo de actividades de divulgación de los servicios de educación especial en las escuelas del distrito y en la comunidad.
2. Colaborar en el proceso de Registro bajo Circunstancias Especiales (RCE).
3. Orientar al personal de las escuelas públicas y privadas del distrito sobre el procedimiento de registro en educación especial.
4. Colaborar con el CSEE en la determinación de elegibilidad y preparación del PEI inicial de los estudiantes que no están ubicados en escuelas públicas.
5. Asegurar la disponibilidad de un maestro cualificado y otro personal necesario para la preparación del PEI inicial de los estudiantes que no están ubicados en escuelas públicas.
6. Identificar una ubicación apropiada para cada estudiante que resulte elegible para los servicios de educación especial.
7. Participar en la revisión de los programas educativos individualizados de estudiantes ubicados por la Agencia en escuelas privadas.
8. Identificar las necesidades de servicios relacionados de estudiantes con impedimentos en su distrito y procurar que se lleven a cabo las gestiones pertinentes para que éstos tengan acceso a los mismos.
9. Proveer o coordinar, en unión al superintendente de escuelas, la asistencia técnica y el adiestramiento necesario para el personal que labora en las escuelas del distrito sobre temas de educación especial.
10. Colaborar con el personal de la escuela para desarrollar un currículo adaptado a las necesidades de estudiantes con impedimentos.
11. Apoyar y colaborar en el desarrollo de proyectos modelo de servicios en su distrito y en la divulgación de las mejores prácticas.
12. Ofrecer orientación y apoyo a los padres de los estudiantes con impedimentos de su distrito escolar.
13. Recibir, tramitar y atender toda reclamación o querella relacionada con los servicios educativos y relacionados que reciben los estudiantes.
14. Orientar al personal del distrito escolar sobre el trámite apropiado e inmediato de las querellas recibidas.
15. Preparar los documentos, solicitar la información y llevar a cabo los trámites necesarios para comparecer a las reuniones de conciliación, mediación y vistas administrativas de educación especial.
16. Asegurarse de que bajo su liderato el personal administrativo asignado al distrito mantiene actualizado el sistema de información de educación especial y otros informes relacionados con los recursos humanos y fiscales.
17. Garantizar la disponibilidad de información estadística actualizada sobre los servicios que se ofrecen en su distrito.
18. Identificar y proveer información a otros niveles del Sistema sobre los recursos humanos, salones, equipos y materiales en su distrito escolar y las necesidades particulares de éstos.
19. Organizar y participar en las monitorias del nivel escolar.
20. Dar seguimiento al cumplimiento de los Planes de Acción Correctiva que surjan como resultado de las monitorias.
21. Coordinar la participación de un representante del distrito en la revisión de los programas educativos individualizados de los estudiantes a los cuales se le recomienda cambio de ubicación a otra alternativa de servicios o a otra escuela del Sistema, según sea necesario.
22. Coordinar con representantes de otras agencias y el Centro de Servicios de Educación Especial para facilitar la transición de niños con impedimentos del Programa de Intervención Temprana y “Head Start” a los servicios que provee el Departamento de Educación.
23. Garantizar la participación de un representante del distrito en la reunión donde se planifica la transición de los infantes y preescolares con impedimentos a servicios de educación especial.
24. Representar al distrito escolar en todas las reuniones del COMPU donde se determina elegibilidad (cuando sea necesario), se prepara el PEI inicial, se planifica la transición de infantes o preescolares a servicios de educación especial, y otras tareas, excepto cuando se haya coordinado la participación de otro funcionario debidamente cualificado para representarlo.
Entre sus funciones más importantes están:
1. Promover y colaborar en el desarrollo de actividades de divulgación de los servicios de educación especial en las escuelas del distrito y en la comunidad.
2. Colaborar en el proceso de Registro bajo Circunstancias Especiales (RCE).
3. Orientar al personal de las escuelas públicas y privadas del distrito sobre el procedimiento de registro en educación especial.
4. Colaborar con el CSEE en la determinación de elegibilidad y preparación del PEI inicial de los estudiantes que no están ubicados en escuelas públicas.
5. Asegurar la disponibilidad de un maestro cualificado y otro personal necesario para la preparación del PEI inicial de los estudiantes que no están ubicados en escuelas públicas.
6. Identificar una ubicación apropiada para cada estudiante que resulte elegible para los servicios de educación especial.
7. Participar en la revisión de los programas educativos individualizados de estudiantes ubicados por la Agencia en escuelas privadas.
8. Identificar las necesidades de servicios relacionados de estudiantes con impedimentos en su distrito y procurar que se lleven a cabo las gestiones pertinentes para que éstos tengan acceso a los mismos.
9. Proveer o coordinar, en unión al superintendente de escuelas, la asistencia técnica y el adiestramiento necesario para el personal que labora en las escuelas del distrito sobre temas de educación especial.
10. Colaborar con el personal de la escuela para desarrollar un currículo adaptado a las necesidades de estudiantes con impedimentos.
11. Apoyar y colaborar en el desarrollo de proyectos modelo de servicios en su distrito y en la divulgación de las mejores prácticas.
12. Ofrecer orientación y apoyo a los padres de los estudiantes con impedimentos de su distrito escolar.
13. Recibir, tramitar y atender toda reclamación o querella relacionada con los servicios educativos y relacionados que reciben los estudiantes.
14. Orientar al personal del distrito escolar sobre el trámite apropiado e inmediato de las querellas recibidas.
15. Preparar los documentos, solicitar la información y llevar a cabo los trámites necesarios para comparecer a las reuniones de conciliación, mediación y vistas administrativas de educación especial.
16. Asegurarse de que bajo su liderato el personal administrativo asignado al distrito mantiene actualizado el sistema de información de educación especial y otros informes relacionados con los recursos humanos y fiscales.
17. Garantizar la disponibilidad de información estadística actualizada sobre los servicios que se ofrecen en su distrito.
18. Identificar y proveer información a otros niveles del Sistema sobre los recursos humanos, salones, equipos y materiales en su distrito escolar y las necesidades particulares de éstos.
19. Organizar y participar en las monitorias del nivel escolar.
20. Dar seguimiento al cumplimiento de los Planes de Acción Correctiva que surjan como resultado de las monitorias.
21. Coordinar la participación de un representante del distrito en la revisión de los programas educativos individualizados de los estudiantes a los cuales se le recomienda cambio de ubicación a otra alternativa de servicios o a otra escuela del Sistema, según sea necesario.
22. Coordinar con representantes de otras agencias y el Centro de Servicios de Educación Especial para facilitar la transición de niños con impedimentos del Programa de Intervención Temprana y “Head Start” a los servicios que provee el Departamento de Educación.
23. Garantizar la participación de un representante del distrito en la reunión donde se planifica la transición de los infantes y preescolares con impedimentos a servicios de educación especial.
24. Representar al distrito escolar en todas las reuniones del COMPU donde se determina elegibilidad (cuando sea necesario), se prepara el PEI inicial, se planifica la transición de infantes o preescolares a servicios de educación especial, y otras tareas, excepto cuando se haya coordinado la participación de otro funcionario debidamente cualificado para representarlo.